El plan es claro: invertir tu capital en un negocio en Estados Unidos, vivir allí, hacer crecer la empresa, y, si todo va bien, ampliarlo. El visado E-2 está hecho exactamente para esto. Lo que mucha gente no sabe es que España es uno de los países más antiguos con tratado E-2 con Estados Unidos — la relación de tratado se firma en 1902 y se ratifica en 1903. Como ciudadano español, eres elegible. El reto no es el tratado en sí, sino cumplir todos los requisitos del USCIS: capital suficiente, at risk, empresa real, capacidad de dirigir. Esta guía te lleva por todo: qué cuenta como inversión sustancial, qué documentos pide la Embajada de EE. UU. en Madrid y los errores que llevan a denegación.
- ✓ Plan completo: de la idea de negocio al I-94 en la frontera
- ✓ Sabes qué documentos pide la Embajada de EE. UU. en Madrid
- ✓ Conoces los criterios de inversión sustancial y at risk
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Lo que necesitas para el visado E-2 Investor desde España
- Pasaporte español en vigor (con validez mínima de 6 meses tras la fecha prevista de entrada)
- Plan de negocio detallado para la empresa estadounidense (Business Plan)
- Justificantes de inversión sustancial: extractos bancarios, contratos de compra, facturas
- Justificación del origen lícito de los fondos invertidos
- Documentación de constitución de la empresa estadounidense (LLC, Inc., etc.)
- Demostración de que el negocio es real y operativo (no solo un proyecto en papel)
- Formulario DS-160 cumplimentado online
- Formulario DS-156E (formulario específico E-2)
- Cita en la Embajada de EE. UU. en Madrid
- Tasa del visado: 315 USD
Importante: España es treaty country con EE. UU. desde 1903. La relación bilateral es una de las más antiguas que mantiene Estados Unidos y, por tanto, los ciudadanos españoles tienen plena elegibilidad para el visado E-2.
Por traductores jurados. Con sello y firma.
Nuestros traductores están habilitados por el Ministerio de Asuntos Exteriores (MAEC). Las traducciones juradas para la Embajada de EE. UU. en Madrid se aceptan sin objeciones, igual que las de los consulados estadounidenses en el mundo.
Requisitos para el visado E-2
1. Nacionalidad de un país con tratado
Solo ciudadanos de países con tratado E-2 vigente con EE. UU. son elegibles. España es uno de ellos, con relación de tratado desde 1903. La lista completa incluye unos 80 países, entre ellos casi todos los de la UE, Reino Unido, Canadá (también vía TLCAN-USMCA), Japón, Corea del Sur, Australia, Argentina, México, Singapur, Suiza, etc.
2. Inversión sustancial
No hay un umbral fijo en dólares, pero el USCIS evalúa caso por caso. La regla general es:
- La inversión tiene que ser sustancial en relación con el coste total del negocio
- Para negocios pequeños (restaurante, tienda) suele situarse en mínimo 100.000-150.000 USD
- Para negocios medianos (manufactura, tecnología) en 250.000-500.000 USD
- Para negocios grandes, escalable hacia arriba
Lo que no es válido como inversión: cuentas bancarias sin uso, fondos solo prometidos pero no transferidos, inversiones meramente especulativas en acciones, propiedades residenciales para uso propio.
3. At risk: el capital debe estar en riesgo
El USCIS quiere ver que ya has invertido el capital y que ese capital está en riesgo (si el negocio falla, puedes perderlo). La regla práctica: el dinero tiene que haber salido de tu cuenta personal y haber entrado en la cuenta de la empresa estadounidense. Compromisos pendientes o cartas de intención no bastan.
4. Empresa real y operativa
El USCIS busca evidencias de que la empresa funciona: oficina alquilada o comprada (no solo un domicilio virtual), empleados contratados, contratos firmados con clientes o proveedores, página web operativa, presencia en redes sociales (a veces), licencias municipales y estatales necesarias.
5. Capacidad de dirección
Eres el directing and developing de la empresa, no un empleado más. Tienes que demostrar:
- Propiedad de al menos el 50 % de la empresa
- Capacidad gerencial real (no eres mero socio capitalista)
- Experiencia o cualificación para el sector
6. Intención de regresar
Aunque suene paradójico, el USCIS quiere ver intención de regresar a España al terminar el E-2. El E-2 es renovable indefinidamente cada 2-5 años, pero no es vía directa a la green card. Si tu plan a largo plazo es residencia permanente, conviene plantearse otras vías paralelas (EB-5, EB-1, etc.).
El proceso de solicitud, paso a paso
Paso 1: planificación del negocio
Antes de invertir un solo euro, prepara un Business Plan detallado en inglés: análisis de mercado, plan financiero a 5 años, estrategia comercial, organigrama de personal, proyecciones de empleos creados. Un Business Plan bien hecho es la pieza más importante del expediente E-2.
Paso 2: constitución de la empresa estadounidense
Decide la estructura societaria: LLC (más sencilla), Inc. (Corporation), Partnership. Cada estado tiene normas distintas — Delaware, Florida, Texas, Nevada son favoritos por ventajas fiscales y legales. Necesitas:
- Registered Agent en el estado de constitución
- EIN (Employer Identification Number) del IRS
- Cuenta bancaria empresarial estadounidense
- Estatutos sociales (Operating Agreement para LLC, Bylaws para Corp.)
Paso 3: transferencia de capital
Transferencia de los fondos de inversión a la cuenta empresarial estadounidense. Esto es lo que activa el criterio at risk. Conserva todos los justificantes — el USCIS pedirá rastrear hasta el origen del dinero.
Paso 4: activación del negocio
Antes de la solicitud E-2, el negocio debe ser real:
- Alquilar local o adquirir inmueble comercial
- Contratar primeros empleados (si aplica)
- Obtener licencias municipales y estatales
- Comenzar operaciones o estar a punto de comenzar
Paso 5: preparación de la documentación
Recopilas toda la documentación: societaria, bancaria, contratos, licencias, justificantes del origen de fondos. Cualquier documento en español hay que traducirlo de forma jurada al inglés. La Embajada de EE. UU. en Madrid no acepta documentos en español sin traducción.
Paso 6: formulario DS-160 + DS-156E
Rellenas el formulario DS-160 online (formulario general de visado no inmigrante) y el DS-156E específico para tratados de comercio e inversión. Aportas foto reciente cumpliendo los requisitos estadounidenses (5x5 cm, fondo blanco, sin gafas, etc.).
Paso 7: cita en la Embajada de EE. UU. en Madrid
Solicitas cita a través del sistema online de la Embajada de EE. UU. en España. La sede está en c/ Serrano 75, 28006 Madrid. Plazos de cita: 2-8 semanas según temporada. Pago de la tasa: 315 USD por solicitante (cónyuge e hijos pagan tasa adicional).
Paso 8: entrevista consular
Acudes con toda la documentación. La entrevista la lleva un oficial consular especializado en E-2. Preguntas típicas: descripción del negocio, motivación de la inversión, origen de los fondos, planes de empleo. El oficial puede decidir aprobar, denegar o solicitar documentación adicional (Administrative Processing).
Paso 9: emisión del visado
Si todo va bien, el visado se imprime en el pasaporte en 5-10 días laborables tras la entrevista. Validez típica: 5 años (los visados E-2 españoles tienen reciprocidad de plazo largo gracias al tratado). Permite múltiples entradas. Estancia por entrada: hasta 2 años, renovable indefinidamente.
Paso 10: entrada en EE. UU. y I-94
En la frontera, el CBP (Customs and Border Protection) emite el I-94, que determina el plazo concreto de tu estancia en cada visita. El visado en el pasaporte es para entrar; el I-94 es lo que define cuánto puedes quedarte.
Los documentos que tienes que traducir al inglés
Documentos personales
- DNI o pasaporte (a veces se pide traducción jurada del DNI español)
- Certificado de matrimonio (para reflejar el cónyuge en el E-2)
- Certificados de nacimiento de hijos menores (para visados acompañantes)
- Antecedentes penales (no siempre obligatorio para E-2, pero sí para visados acompañantes)
Documentos financieros y empresariales
- Justificantes del origen de los fondos: extractos bancarios, declaración del IRPF, ventas de inmuebles previos, herencias, etc.
- Documentos societarios de empresas anteriores (si vendiste una empresa española para financiar el proyecto americano)
- Contratos de venta (de inmuebles, de empresas, etc.)
- Notarías o escrituras públicas relevantes
Documentos profesionales (refuerzan tu perfil)
- Título universitario y suplemento al título
- Certificados de experiencia profesional en el sector
- Curriculum vitae
- Cartas de recomendación de socios o clientes anteriores
Errores frecuentes en la solicitud E-2
Error 1: inversión insuficiente para el sector
No hay umbral fijo, pero los oficiales consulares tienen criterios sectoriales. Una inversión de 80.000 USD puede bastar para una franquicia pequeña, pero será insuficiente para una empresa tecnológica. Investiga rangos típicos en tu sector antes de presentar.
Error 2: fondos prometidos pero no transferidos
El criterio at risk es estricto. Si dices que has invertido 200.000 USD pero solo 50.000 han salido efectivamente de tu cuenta, el oficial consular no contará los otros 150.000 como capital invertido. Transfiere antes de la solicitud.
Error 3: Business Plan genérico
Un Business Plan descargado de internet o redactado de forma genérica se nota a la legua. El oficial busca un plan adaptado a tu sector, tu mercado, tu ubicación. Invierte en un consultor de negocio o, mejor, contrata un MBA especializado.
Error 4: no justificar el origen lícito de los fondos
Si los fondos provienen de varias fuentes (ahorros, ventas, herencias, créditos), traza una cadena completa desde el origen hasta la cuenta empresarial. El USCIS no acepta "fondos personales" sin documentar.
Error 5: confiar en un agente sin expertise E-2
Muchos abogados generales en Estados Unidos manejan algunos visados E-2 pero no son especialistas. Busca un attorney especializado en E-2 (los hay) con casos exitosos verificables. Vale la inversión en un asesor de calidad — el coste de denegación es mayor.
Las traducciones que más se piden para el E-2
Preguntas frecuentes sobre el visado E-2
Para ciudadanos españoles, el visado E-2 se concede normalmente por 5 años, renovable. La estancia por cada entrada es de hasta 2 años, también renovable. En la práctica, puedes mantener el estatus E-2 indefinidamente mientras la empresa siga operativa y generando empleo.
Sí. Desde 2022, los cónyuges de E-2 tienen autorización de trabajo automática (EAD) sin necesidad de solicitarla aparte. Pueden trabajar para cualquier empleador, incluyendo la empresa E-2. Los hijos menores pueden estudiar pero no trabajar.
No directamente. El E-2 es un visado no inmigrante: presume intención de retorno. Para green card hay que cambiar a categoría inmigrante (EB-5 si la inversión es mayor, EB-1, EB-2 NIW, etc.). Algunos solicitantes E-2 escalan luego al EB-5 cuando la empresa crece.
Sí, la compra de una franquicia es una forma común de E-2 en EE. UU. Subway, Dunkin', McDonald's y muchas otras franquicias tienen requisitos de inversión que encajan en el rango E-2. Verificad que la inversión sea sustancial respecto al sector y que cumple at risk.
El visado E-2 no tiene proceso formal de apelación en el sentido judicial, pero puedes presentar nueva solicitud subsanando los defectos. Las denegaciones suelen deberse a inversión insuficiente, plan de negocio débil o falta de justificación del origen de fondos. Un análisis con abogado especializado tras la denegación puede identificar el motivo.
Aparte de la inversión propia (mínimo ~100.000 USD para sectores pequeños): tasas consulares ~315 USD por solicitante, abogado especializado entre 5.000 y 15.000 USD para preparar el expediente, asesor de negocio para el Business Plan otros 2.000-5.000 USD, traducciones juradas 1.000-2.000 USD. En total, gastos profesionales de ~10.000-25.000 USD.
Sí. Es una estructura común: la empresa española matriz (donde ya tienes propiedad mayoritaria) constituye una filial 100% suya en EE. UU., y tú (como ciudadano español que controla la matriz) solicitas el E-2 para venir a dirigir la filial. La nacionalidad del E-2 sigue la nacionalidad de los propietarios de la empresa estadounidense en última instancia.
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